�Es Real el Derecho a la Protecci�n de Datos?
Derecho Fundamental, protege al ciudadano frente a los abusos de terceros, sean otros ciudadanos, entidades privadas y tambi�n entidades p�blicas.
Derecho Fundamental, protege al ciudadano frente a los abusos de terceros, sean otros ciudadanos, entidades privadas y tambi�n entidades p�blicas.
La Protecci�n de Datos como Derecho Fundamental
No cabe duda de que la Protecci�n de Datos Personales es un Derecho Fundamental. Por un lado, tiene su respaldo constitucional por su vinculaci�n con el Derecho a la Intimidad, y por otro la jurisprudencia espa�ola y europea lo reconoce como Derecho Fundamental. No en vano, se regula mediante una Ley Org�nica.
Y como Derecho Fundamental, protege al ciudadano frente a los abusos de terceros, sean otros ciudadanos, entidades privadas y tambi�n entidades p�blicas.
Protecci�n frente a los poderes p�blicos
Sin embargo, este Derecho Fundamental adolece de una gran debilidad frente a los poderes p�blicos.
Todo el Derecho a la Protecci�n de Datos personales se fundamenta en el consentimiento inequ�voco del ciudadano; es decir, que antes de que un dato sea recogido y tratado, el ciudadano debe ser informado y se debe obtener su consentimiento.
A pesar de ello, el art�culo 6.1 de la LOPD contiene un agujero de enormes dimensiones en la protecci�n que ofrece este derecho frente a los abusos de los poderes p�blicos.
En concreto, este art�culo dice literalmente: �El tratamiento de los datos de car�cter personal requerir� el consentimiento inequ�voco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa� (ojo, que dice �ley� y no �ley org�nica�, que requerir�a un mayor consenso del Poder Legislativo).
Es decir, basta que haya cierta voluntad pol�tica de violar el derecho a la intimidad de los ciudadanos para poder pasar por encima de este derecho fundamental mediante ley ordinaria (o incluso mediante Real Decreto-ley por parte del Poder Ejecutivo en caso de urgencia).
Ejemplos recientes
Precisamente esta es la cuesti�n que le traslad� a El Confidencial cuando me llamaron para colaborar con un art�culo de su secci�n de tecnolog�a (Teknautas) sobre la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Pero no es el �nico caso. Precisamente estos d�as vivimos el debate de si la Agencia Tributaria debe o no publicar la lista de las 715 personas que se acogieron a la �amnist�a fiscal� del Gobierno y que est�n siendo investigados por irregularidades (con Rodrigo Rato a la cabeza).
El Gobierno est� agarr�ndose a la normativa de protecci�n de datos y al secreto tributario, mientras que la Prensa y la Oposici�n reclaman que s�lo hace falta �voluntad pol�tica� para permitir la publicaci�n de la lista.
Opini�n personal
Efectivamente, hay situaciones en las que el bien de la mayor�a debe primar sobre el derecho de uno solo.
Sin embargo, dejar en manos de un �nico partido con mayor�a absoluta el criterio para discernir entre el bien y el mal parece un error (especialmente cuando puede haber intereses pol�ticos involucrados).
Como m�nimo deber�a existir un gran consenso entorno a los recortes de un derecho fundamental como es la protecci�n de datos.
De lo contrario, el Derecho Fundamental a la Protecci�n de Datos estar� permanentemente sometido a los abusos que los Poderes P�blicos quieran legalizar de forma caprichosa.
Jos� Carlos Moratilla
Responsable del Departamento Legal de �udea
�udea Seguridad de la Informaci�n
Fuente: �UDEA SEGURIDAD DE LA INFORMACI�N / �udea - 29/04/2015
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